El Fin de las Mascotas como "Cosas"
Tradicionalmente, el derecho civil trataba a los animales como objetos que debían repartirse tras un divorcio. Sin embargo, tras la histórica regulación en Brasil y la reciente reforma del Código Civil en España (Ley 17/2021), los animales de compañía han dejado de ser "bienes muebles" para ser reconocidos legalmente como "seres vivos dotados de sensibilidad".
Las Claves de la Custodia en España
En España, los jueces de familia ya tienen la potestad de dictaminar regímenes de convivencia y visitas para las mascotas. Al igual que en el modelo brasileño, la decisión no se basa en quién pagó la factura de compra o adopción, sino en el bienestar del animal. Se evalúa quién tiene más tiempo para su cuidado, quién ofrece un entorno más saludable y el vínculo afectivo previo.
Reparto de Gastos y Responsabilidades
La ley española permite establecer una pensión de alimentos para la mascota. Los gastos ordinarios (pienso, higiene, desparasitación) suelen recaer en el tutor custodio, mientras que los gastos extraordinarios de salud (cirugías, urgencias veterinarias) deben ser sufragados por ambos al 50%. Esto garantiza que el animal no sufra una merma en su calidad de vida tras la ruptura de la pareja.
Limitaciones Legales
Un detalle fundamental, alineado con la normativa brasileña, es que se puede denegar la custodia o las visitas a aquel cónyuge que tenga antecedentes por maltrato animal o violencia de género, protegiendo así a la mascota de ser utilizada como herramienta de coacción emocional.
El Seguro de Responsabilidad Civil
Con la nueva Ley de Bienestar Animal, es obligatorio que el perro tenga un seguro de RC. Si compartes la custodia, asegúrate de que ambos tutores figuren en la póliza para evitar problemas legales ante cualquier incidente fortuito mientras el animal está bajo el cuidado de uno u otro.